El 1 de diciembre del 2022, la honorable Cámara de Diputados introdujo cambios significativos en la Ley 24.240 de Defensa al Consumidor a través de la Ley de Presupuesto No. 27.701, logrando importantes novedades en el régimen de sanciones del art. 47 de la ley citada.
Así, los montos de estas sanciones, aumentaron de una manera desproporcionada, ya que se establecerán en función del valor de la canasta básica total, que publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina (Al 17 de enero de 2023 el valor de 1 Canasta Básica Total tipo 2 según INDEC es de $152.515)
Antes de la reforma, las sanciones más altas que preveía la LDC no superaban los $5 millones de pesos. Con la actualización, las multas por aplicarse variarán entre: $73.486,5 y $308.643.300 de pesos argentinos.
Las sanciones serán las siguientes:
a) Apercibimiento;
b) Multa, de cero comas cinco (0,5) a dos mil cien (2.100) canastas básicas total para el hogar
3, que publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina
(INDEC);
c) Decomiso de las mercaderías y productos objeto de la infracción;
d) Clausura del establecimiento o suspensión del servicio afectado por un plazo de hasta
Treinta (30) días;
e) Suspensión de hasta cinco (5) años en los registros de proveedores que posibilitan contratar
con el Estado; y
f) La pérdida de concesiones, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales de que
gozare.