El Jefe de Gabinete de Ministros, firmó la Resolución 164/2025, que establece tres días no laborables con fines turísticos para el año próximo, en el marco de la Ley 27.399 de feriados nacionales.  Las fechas seleccionadas —lunes 23 de marzo, viernes 10 de julio y lunes 7 de diciembre— buscan impulsar el turismo interno y mitigar la estacionalidad del sector.

La norma, identificada como RESOL-2025-164-APN-JGM  se basa en el artículo 7° de la Ley 27.399, que faculta al Poder Ejecutivo a designar hasta tres días feriados o no laborables por año, preferentemente los lunes o viernes, para promover la actividad turística. Esta política pública busca distribuir la demanda turística a lo largo del calendario y reducir los impactos negativos de la concentración estacional.

El Decreto 614/2025, del 27 de agosto, designó a la Jefatura de Gabinete como autoridad de aplicación de la ley, habilitándola a emitir normas complementarias. La resolución considera además las reglas de traslado de feriados trasladables: los que caen en martes o miércoles se mueven al lunes anterior, y los de jueves o viernes, al lunes siguiente.

Cronograma completo de feriados y días no laborables para 2026:

  • Jueves 1° de enero: Año Nuevo (feriado inamovible).
  • Lunes 16 y martes 17 de febrero: Carnaval (feriado inamovible).
  • Lunes 23 de marzo: No laborable turístico.
  • Martes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible).
  • Jueves 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible), coincidente con Jueves Santo (no laborable).
  • Viernes 3 de abril: Viernes Santo (feriado inamovible).
  • Jueves 1° de mayo: Día del Trabajador (feriado inamovible).
  • Lunes 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible).
  • Lunes 15 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Martín Güemes (trasladable del 17).
  • Sábado 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano (feriado inamovible).
  • Jueves 9 de julio: Día de la Independencia (feriado inamovible).
  • Viernes 10 de julio: No laborable turístico.
  • Lunes 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín (trasladable).
  • Lunes 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (trasladable).
  • Lunes 23 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (trasladable del viernes 20).
  • Lunes 7 de diciembre: No laborable turístico.
  • Martes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible).
  • Viernes 25 de diciembre: Navidad (feriado inamovible).

Esta normativa se alinea con el objetivo de extender fines de semana largos y fomentar el movimiento turístico en Argentina, beneficiando a hoteleros, transportistas y prestadores de servicios en todo el país.

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