FERIADO POR CENSO 2022. ¿ES UN FERIADO NORMAL? ¿SE PUEDE TRABAJAR DURANTE ESTA JORNADA?

Por 29 junio, 2022 No Comments

El Censo 2022 se realizará en todo el país el próximo miércoles 18 de mayo. Por ello, el gobierno nacional ha decretado mediante Decreto nº 42/2022 feriado para todo el territorio nacional. Durante esta jornada la población deberá estar disponible para el relevamiento estadístico que hará el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC). Este relevamiento comenzará a las 8 horas y las últimas visitas a los hogares podrían extenderse hasta las 18 y 20 horas. Es importante aclarar que basta con que una persona capaz se encuentre en el hogar para poder responder la encuesta por todo el grupo familiar.

Debido al horario, la Ley 24.254, sancionada el 13 de octubre de 1993, en la fecha del Censo Nacional de Población y Vivienda quedarán prohibidas hasta las 20 «las funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas y en general toda clase de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos«. La reglamentación también alcanza a restaurantes, confiterías, casas de expendio de bebidas y similares, rotiserías, panaderías y en general todo comercio de venta de artículos alimenticios y de bebidas y clubes.

 

Pero, ¿qué pasa con los demás rubros de empresas?

El 18 de mayo será un día de asueto que se suma al calendario oficial de feriados y debe ser tratado como tal. Es por ello, que, si no se prestan tareas, se percibe el salario normalmente; si es trabajado se recompensa con un 100% más de la remuneración habitual.

La Ley de Contrato de Trabajo (LCT) señala que a los días feriados se les aplican las normas legales sobre el descanso dominical quedando prohibido el trabajo en dichos días (art. 166 LCT).

Los trabajadores que presten servicios en días como este, percibirán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual. Es decir, que las empresas deberán abonarles a sus empleados el doble que lo que les pagarían en una jornada normal.

Con excepción de las actividades que tienen prohibido funcionar conforme a la Ley 24.254, no encontramos restricciones para poder operar o funcionar el día del censo. Quedará a cargo de grupo familiar la coordinación para que durante todo el día se encuentre alguien disponible en el domicilio para responder al relevamiento. También es importante destacar que, los trabajadores a los que se les requiera trabajar dicho día, pueden completar el censo digital en https://digital.censo.gob.ar/ solo teniendo que dejar alguien en el hogar que exhiba el comprobante.

Diego J. Nunes
Socio
Estudio Nunes & Asoc.