Este es un tema de trascendental importancia que viene a modificar el sistema jurídico laboral, cuyo pilar fundamental es una ley del año 1976 y rige hasta nuestros días casi sin modificaciones frente a un mercado laboral que no tiene nada que ver con el existente al momento de su sanción.
Con una tasa de desocupación que ronda el 8 a 9% según cada encuestadora y un índice de trabajadores no registrados del 33.7% – que pese a generar ingresos no aportan al sistema de Seguridad Social -, es lógico – y coherente con la Reforma Previsional – que el gobierno intente tomar medidas para incentivar que ese tercio informal comience a aportar a sus jubilaciones.
Si esto lo sumamos a cierto estancamiento en la creación del empleo privado y un incremento anual de la población que ronda el 1% es un cuadro que preocupa, sobre todo si se suma a la alta litigiosidad laboral – y sus costos-.
El Régimen de Regularización propuesto comprende a todas las relaciones laborales vigentes del sector privado, iniciadas con anterioridad a la fecha de promulgación de la ley pero excluye a las correspondientes al régimen especial para el personal de casas particulares. Tendría los siguientes efectos: extingue la acción penal tributaria, libera de las infracciones, multas y sanciones de cualquier naturaleza correspondientes a dicha regularización (firmes o no), siempre que no haya incumplimientos a la fecha de entrada en vigencia de la Ley.
A su vez, da de baja el REPSAL (Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales). Quizás lo más relevante a nivel económico es que condona las deudas (capital e intereses) por falta de pago de aportes y contribuciones al: SIPA (Sistema Integrado Provisional Argentino), INSSJP (Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados), RNSS (Régimen Nacional de Seguridad Social), FNE (Fondo Nacional de Empleo) y AAFF (Asignaciones Familiares)
En términos básicos, tiene un esquema similar a las leyes de blanqueo de capitales: da la posibilidad de sincerar una realidad que se encontraba fuera del marco regulatorio a un exiguo costo.
Estudio Nunes & Asoc.