Si bien al momento de escribir este artículo, ya pasaron algunos meses de la sentencia interlocutoria (no definitiva) de la jueza Torres de Estados Unidos sobre este caso, nos pareció interesante dejar pasar cierto tiempo para ganar perspectiva. Un claro ejemplo de la importancia de esta práctica es lo que ocurrió con el precio de XRP (la criptomoneda de Ripple, la empresa demandada). El día que se dio a conocer el fallo, el precio de cada token pasó de 0,47 USD a 0,81 (casi 100% de incremento); 4 meses después, vale 0,60 aproximadamente. Dejamos un artículo contemporáneo del fallo sobre la expectativa que el mismo creó sobre el precio y el mercado.
El análisis de esta acción es clave, ya que este caso no solo puede definir el futuro de la acción judicial, sino sentar un precedente con implicancias para toda la industria crypto que quiera instalarse en los Estados Unidos. Es una de las primeras demandas que la Securities and Exchange Commission (SEC), ente regulador del mercado de valores de Estados Unidos contra una una empresa emisora de criptomonedas, alegando que las mismas son “securities” (valores regulados por el ente) que fueron debidamente registrados. Nótese que el inicio de la demanda fue en diciembre de 2020 y recién en julio de 2023 se llegó a una sentencia no definitiva.
El núcleo del caso es, justamente, si $XRP (criptomoneda emitida por la empresa Ripple) es o no un activo regulado. Para esto, se aplica el Test de Howey hace más de 50 años, básicamente implica chequear 4 características básicas de un activo para determinar si es un “valor” o no (y por ende, regulado por la SEC). Estas características son: A. La concurrencia de inversores que aporten capital; B. La gestión del dinero invertido por parte de una compañía; C. La expectativa de ganancias por parte de los inversores y; D. La generación de beneficios derivada del esfuerzo de terceros. Con que alguna de las cuatro no se corrobore, el activo no sería regulado por la SEC.
En la mayoría de los proyectos crypto no hay dudas que el supuesto A, C y D se cumplen (salvo las stablecoins, que no se daría la expectativa de ganancia). Según la SEC, la B también en casi todos los casos; sobre todo considerando que es una prueba que se creó hace más de 50 años, cuando no existían ni siquiera computadoras personales. Si bien en proyectos centralizados podría ser el caso, cuando se trata de un proyecto completamente descentralizado en donde lo que manda es un código y no una empresa, esto no se cumple. Para distintas interpretaciones sobre este test relativo a XRP, dejamos el siguiente link.
Pero ¿qué es lo que resolvió la jueza Torres y por qué es importante (y para quién)? Lo primero que hay que aclarar es que el fallo no es una sentencia definitiva ni pone fin al juicio y la demanda contra Ripple por la venta irregular de sus tokens. Para resumirlo, los directivos de la empresa siguen siendo investigados por distintas maniobras, posiblemente fraudulentas y con fuerte impacto en el precio de XRP, pese a esta victoria parcial; en particular se encuentra bajo análisis la venta del activo a inversores calificados (fondos de inversión e instituciones). Esto se decidirá en un juicio posterior ante un jurado.
Entonces ¿qué festeja el mundo crypto? Que el fallo establece claramente que XRP no es un valor de acuerdo a la Ley de Valores y por ende no se encuentra bajo las obligaciones de registro y escrutinio de la SEC. Esto significa que otras empresas y proyectos crypto podrán usar este precedente y derrota de la SEC en sus defensas respecto a que no se encuentran alcanzados por este régimen legal y la agencia gubernamental que lo controla.
Específicamente ese analizó si el hecho de vender XRP a través de distintas exchanges constituía una violación a la Ley Federal de Valores; la respuesta negativa en este sentido, fue festejado en forma unánime por todo el ecosistema. En particular es interesante el informe de BeInCrypto respecto al impacto positivo que esto tendría para el caso de Coinbase. Recordemos que la SEC demandó al Exchange por, según ellos, comercializar irregularmente 13 tokens que ellos consideran “valores regulados” (el mismo hecho que a XRP, pero demandado al Exchange); si todos esos tokens no lo fueran, todo el caso se cae.
Si bien los Estados Unidos no son el ecosistema en el que nosotros desempeñamos nuestra actividad legal ni profesional, es completamente relevante para el mercado crypto internacional. En primer lugar, porque es probable que los fallos y normativa de este país se replique en otras jurisdicciones; pero también porque nos encontramos en un mercado global.
Que las criptomonedas sean un mercado global implica que los proyectos pueden elegir libremente cualquier jurisdicción cuyo ordenamiento legal y regulatorio se ajuste lo mejor posible a lo que quieren lograr. En este sentido, ser miembros de Alliott Global Alliance y que dicha alianza tenga un grupo de trabajo específico relacionado al cumplimiento de normas en materia de empresas crypto, nos pone en una posición inmejorable para ser asesores confiables para el ecosistema. En próximos artículos, estaremos comentando más sobre nuestro producto de Cryptocompliance internacional.