Bancos, FinTech y entes reguladores: una guerra de todos contra todos

Por 27 diciembre, 2021 No Comments

Si bien en el último tiempo esta historia se aceleró muchísimo, es parte de una lucha regulatoria que lleva al menos dos años. Bancos que no quieren que las FinTech ganen terreno, FinTechs que quieren poder hacer todo tipo de negocios y acceder a operar libremente con ciertos fondos y usuarios y entidades regulatorias como el Banco Central (BCRA), la Comisión Nacional de Valores (CNV), Unidad de Información Financiera (UIF) y Administración Federal de Ingresos Público (AFIP) que deben velar por preservar la legalidad de las operaciones que se hagan y el control estatal sobre las mismas en un mundo (financiero) cada vez más dinámico y que requiere más inmediatez que nunca.
En esta nota vamos a tratar algunos de los temas más candentes en la actualidad. En el pasado ya quedó la discusión sobre el QR interoperable y las transferencias 3.0 que permitieron a las FinTech una mejor interacción con los fondos bancarios. Al respecto de la norma del BCRA que zanjó la cuestión, recomendamos el siguiente link.

Comunicado BCRA A7030 y su constitucionalidad
Hace casi un año ya que el Estado busca mediante nuevas reglamentaciones conseguir información adicional de los usuarios de criptomonedas. Como ya vemos en este artículo de abril de iProUp, el debate tiene su tiempo e incluso fue judicializado mediante un habeas data colectivo. El tema tuvo tal revuelo que fue seguido también por el medio internacional CoinTelegraph.

El mismo se funda en la Ley 25.326 que protege los datos personales manifestando que la norma excede ampliamente el régimen de información que un ente como el Banco Central necesita para llevar adelante sus funciones. Se violan tres principios fundamentales de la ley (según el actor): “No se ha cumplido con el principio de finalidad (que el dato sea recolectado con un propósito determinado) e información (que los titulares de esos datos sepamos por qué razón se están cediendo) y mucho menos con el principio de consentimiento”, con quien concuerdo parcialmente; es cierto que la Carta Orgánica del BCRA nada dice sobre vigilar transacciones (y mucho menos habla de criptoactivos). El temor fundamental es que se generen “listas negras” de personas que hayan operado con criptoactivos y pudieran ser discriminados por ello (que para algunos puede sonar paranoico, pero justamente las criptomonedas se crean para que el dinero y el valor no dependan ni requieran intervención estatal)

Recordemos que el principio general es que los entes públicos deben solicitar información precisa únicamente ante sospecha de actividades irregulares y no pueden pedir masivamente todos los datos de los ciudadanos en forma universal. Un detalle importante es que el BCRA pide esta información a los bancos y entidades financieras, no (por ahora) a las exchanges (distinto es el caso de AFIP).

Respecto a la metodología, el actor manifiesta que se debe a que sería muy difícil que cada particular afectado por esta medida pueda intentar un recurso judicial, además de ser ineficiente. Lo que llama poderosamente la atención es que el juzgado de primera instancia lo rechazara sin siquiera analizar el tema.

La postura del Estado es que se está recabando información para determinar si se hace necesario avanzar con una reglamentación específica para el uso de criptoactivos. Lo que no se entiende en tal caso es por qué en los pedidos de información se pide identificar a las personas en lugar de hacerlo de manera estadística y anónima.

Si bien en este caso se trata de un pedido de información y no de una ley de fondo, preocupa que se siga avanzando con normas de menor jerarquía respecto a los criptoactivos sin una ley que siquiera los defina. Algunos de los puntos salientes a regular son su uso como activo financiero, medio de pago, minería, régimen de inversiones y educación financiera para que los usuarios comprendan de qué se trata; al día de hoy, casi no hay normas vigentes en ninguno de estos frentes. El foco del Estado Nacional y los provinciales parece estar en el régimen de información sobre los inversores y el cobro de tributos.

Sobre el “final de la película”, mi opinión sigue siendo la que di al medio especializado en abril de 2021: “El Banco Central tiene facultades de investigación lo que está solicitando es que los Bancos Informen quienes operaron comprando criptomonedas. Esta información de una u otra forma termina estando disponible en caso de una inspección fiscal. Creo que en algún momento se va a llegar a un punto intermedio entre lo que está pidiendo el Banco Central (información completa y detallada de todas las personas que operaron con criptomonedas) y el secreto absoluto. Lo razonable sería encontrarnos en un esquema intermedio en donde se investigue ante sospecha de un ilícito.”

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