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Decreto por DOBLE Indemnización y ahora ¿qué hacemos?

Por 27 enero, 2020 No Comments

Entendemos que esta medida, lejos de fomentar la contratación la desincentiva. Le agrega incertidumbre al empresario argentino, mayormente PYME que se encuentra atravesando situaciones económicas difíciles en un mercado muchas veces retraído y con tasas de financiamiento imposibles de afrontar.

Las eventuales desvinculaciones efectuadas en los últimos años han obedecido, con gran costo, a equilibrar las cuentas del sector empleador a efectos de buscar proteger la fuente de trabajo de la mayor parte de la empresa. Ahora bien, con esta medida, quien haya efectuado despidos, lejos estará de retomar personal, quien desarrolle su actividad fuera de registro, tampoco encuentra un incentivo a formalizar su actividad o las relaciones laborales que tenga bajo su órbita.

Una vez más, el sector empleador formal, se verá obligado a sostener relaciones laborales a costa, en muchos casos, de los fondos necesarios para la subsistencia del resto de los trabajadores de la empresa o bien, de hacer imposible la expansión productiva por falta de confianza o seguridad jurídica de posibles medidas futuras, para aquellas empresas que tengan dicha posibilidad.
Adicionalmente, no debemos dejar de destacar que el Decreto 34/2019 probablemente derive en un aumento de la litigiosidad laboral. Entendemos que, habrá quienes intenten plantear en demandas o reclamos en sede laboral, argumentos para conseguir extender la norma de duplicación de la indemnización a otros métodos de extinción del vínculo o a relaciones laborales sin dicha protección (las posteriores al 13.12.2019), o bien a rubros que no encuentran expresamente alcanzados, que ya hemos analizado.
Esperamos entonces, la mesa de diálogo social llegue a planteos y postulaciones que fomenten la inversión del sector privado que deriven en el aumento de contrataciones laborales.