Decreto de Aumento salarial Sector Privado 14/2020. ¿Cómo impacta en mi masa salarial?

Por 27 enero, 2020 No Comments

En el marco de la Ley de Emergencia 27.541 y las facultades delegadas al Poder Ejecutivo Nacional, se ha dispuesto un incremento OBLIGATORIO por decreto para todos los trabajadores del sector privado, a cargo de los empleadores. Según sus fundamentos, es complementaria a las facultades paritarias de cada sector de la economía.

La norma establece un aumento general y único de $3.000 (pesos tres mil) aplicables desde el mes de enero y de $1.000 (pesos mil) adicionales, desde el mes de febrero. Conforme está redactada la norma, este monto deberá ser satisfecho “con las remuneraciones de dichos meses. En ambos casos el aumento es remunerativo con ciertas excepciones, toda vez que llevará los descuentos de aportes previsionales a cada trabajador, pero aquellas empresas con Certificado MiPyme o entidades civiles sin fines de lucro están eximidas del ingreso de los aportes patronales por este incremento por el plazo de tres meses. Las empresas que no lo posean, pueden aprovechar el beneficio de no ingreso de aportes patronales, debiendo obtenerlo en los 60 días desde la entrada en vigencia de la norma que comentamos. La eximición de aportes patronales se perderá una vez que se incorporen los montos de aumento del Decreto 14/2020 a los salarios a través de paritarias en cada sector.

En su artículo segundo, la norma manda expresamente a absorber estos montos en las negociaciones paritarias, cuyos acuerdos se firmen luego de su entrada en vigencia. Además, establece expresamente que no será considerado para cualquier otro adicional convencional o individual que tenga cada trabajador. El monto indicado, deberá liquidarse en un rubro independiente denominadoincremento solidario”. Por último, aquellos trabajadores que presten tareas en jornada inferior a la máxima legal o convencional, se liquidará en proporción a su prestación.

Quedaron excluidos de esta norma los trabajadores del sector público, del régimen de trabajo agrario y los de casas particulares. Sin perjuicio de la misma, la norma, insta a las diferentes comisiones que deberán resolver los aumentos para dichos sectores, a que analicen las condiciones particulares de los trabajadores afectados por dicha medida.

Siendo esta una norma de carácter general no se han considerado otras cuestiones sectoriales que puedan ser de preocupación en cada uno de ellos. Sin perjuicio de ello, entendemos que las consideraciones a cada sector quedarán zanjadas una vez se comiencen a negociar las paritarias para el período 2020.

Desde ya que en el Estudio estamos a disposición a través de los medios habituales de comunicación para efectuar cualquier aclaración o duda respecto a la norma comentada.

 

Andrés Nunes

Socio

Estudio Nunes & Asoc.
Tel 4331-1525
anunes@abogados.net.ar
Av. Paseo Colón 275, piso 11, CABA