Nueva Extensión de Prohibición de Despidos, ¿aplica a nuevas contrataciones?

Por 11 agosto, 2020 No Comments

A través del Decreto de Necesidad y Urgencia Número 624/2020  el Poder Ejecutivo ha prorrogado la prohibición de efectuar despidos sin justa causa, así como los despidos y suspensiones fundados en causal de falta o disminución de trabajo o fuerza mayor por otros 60 días más. La medida que está en vigencia con sus respectivas prórrogas desde el 31.03.2020, extenderá dicha prohibición hasta el 27.09.2020, manteniendo en su redacción la habilitación expresa del procedimiento de suspensiones remuneradas bajo el amparo del Art. 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo. 

No es objeto del presente artículo analizar la conveniencia o no del dictado de medidas como las referidas o si las mismas tienen un efecto cierto real sobre la conservación de puestos de trabajo. Sin embargo, la novedad que encontramos sobre el dictado de la nueva norma es que expresamente establece que la prohibición referida no alcanza a las nuevas contrataciones o altas posteriores a su entrada en vigencia. Este agregado tiene un claro direccionamiento respecto a la generación de nuevos puestos de trabajo. Si bien el sector empleador tiene grandes restricciones aún y se hace realmente insostenible la posibilidad de afrontar los pagos de salarios totales sin el nivel de actividad normal, veo que esta medida implica un primer paso hacia la normalización de las relaciones laborales. 

La exclusión de las nuevas relaciones laborales respecto a la prohibición de despidos, resalta que en tanto el Poder Ejecutivo ha querido ser taxativo con prohibiciones de excepción durante el Aislamiento así ha procedido. Por ello, en mi interpretación, la inclusión en el Artículo 5 del DNU 624/2020 en comentario, refuerza la posición que ha sostenido parte de la jurisprudencia respecto que las relaciones laborales en período de prueba no se encontraron amparadas por las restricciones de los Decretos 329/2020 ni 487/2020.

Como siempre, en el Estudio Nunes estamos a disposición para evaluar y analizar los casos particulares que puedan estar transitando.

Andres Nunes

Socio

Estudio Nunes & Asoc.

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